1.-Pregunta: Llevo tiempo intentando quedarme embarazada y no lo consigo. En las revisiones ginecológicas que me hago, me dicen que está todo bien. ¿Por qué no me quedo embarazada?
R.- Para abordar tu problema, debería hacerse un estudio completo de esterilidad en un centro de Reproducción Humana a ti y a tu pareja. Para ello es necesario realizar más pruebas que las habituales en una consulta ginecológica.
2.- Pregunta: ¿Cuánto tiempo es aconsejable esperar si no logro el embarazo?
R.- Siempre que no exista conocimiento de algún problema previo, después de un año o año y medio de relaciones sexuales regulares sin protección, si se trata de una mujer joven, o tras 6 meses en caso de mujeres mayores de 35 años.
3- Pregunta: ¿En qué consiste el estudio de esterilidad? ¿Son dolorosas las pruebas a las que hay que someterse?
R.- El estudio y las pruebas a realizar va a depender de cada caso en particular.
Se realizará una historia clínica detallada a ambos miembros de la pareja y básicamente consta de:
A la mujer:
•Exploración ginecológica.
•Analítica general. Si precisa, cariotipo.
•Analítica hormonal en días específicos del ciclo menstrual.
•Prueba de permeabilidad tubárica (Histerosalpingografía ), que puede ser molesta como una regla.
Al varón:
•Analítica general. Si precisa cariotipo.
•Seminograma (análisis de una muestra de semen).
En algunos casos se precisan realizar otras exploraciones como:
•Laparoscopia / Histeroscopia.
•Estudio de Trombofilias.
•Estudio de FISH en espermatozoides ( varón ).
4.- Pregunta: ¿Dura mucho tiempo el estudio? ¿De qué va a depender el tipo de tratamiento?
R.- El estudio básico puede hacerse en uno o dos meses y la elección del tratamiento depende de la causa de la esterilidad y edad de la paciente. Una vez estudiado tu caso se indicará el tratamiento de primera elección que es aquél que ofrece los mejores resultados en el menor tiempo y con menos efectos secundarios.
5.- Pregunta: ¿Tienen algún efecto adverso los tratamientos?
R.- Excepcionalmente, una respuesta ovárica exagerada que dé lugar a un Sindrome de Hiperestimulación Ovárica (SHO). Puede evitarse si el control ecográfico y analítico es adecuado. Si el riesgo fuese alto, es conveniente cancelar el ciclo de estimulación.
6.- Pregunta: ¿Qué tipos de tratamientos se utilizan en los centros de reproducción?
R.- En los problemas de esterilidad, el tratamiento dependerá de la causa.Entre ellos tenemos:
•Tratamientos inductores de la estimulación mediante el empleo de:
•Glucocorticoides.
•Dopaminérgicos.
•Citrato de Clomifeno.
•Gonadotrofinas.
•GnRH pulsátil.
•Tratamientos inductores de la producción y mejora de los espermatozoides.
•Técnicas de reproducción Humana Asistida:
•Inseminación artificial conyugal ( I.A.C. ) o sémen de donante anónimo ( I.A.D. ).
•FIV / FIV-ICSI ( Fecundación in vitro – microinyección intracitoplasmática del espermatozoide ).
•Ovodón( se sustituye el gameto femenino ).
•Embriodón ( se sustituyen ambos gametos ).
•Ténicas especiales en ciclos de FIV/FIV-ICSI:
•Cultivo secuencial o prolongado de los embriones.
•Vitrificación de embriones.
•Vitrificación de ovocitos.
•Congelación de semen.
7.- Pregunta: ¿En qué consiste el Diagnóstico Genético Preimplantacional (DGP) y cuándo se emplea?
R.- El DGP es el análisis genético del núcleo de una o dos células de cada uno de los embriones conseguidos mediante un tratamiento de Fecundación In Vitro (FIV) antes de ser transferidos al útero. Se debe realizar en casos de enfermedades genéticas hereditarias, ligadas al sexo ( p.e. hemofilia ), anomalías de cariotipo paterno o materno, abortos de repetición, patología seminal severa, fallos de implantación tras varios ciclos de FIV, mujeres de edad avanzada, parejas con riesgo de transmitir enfermedades monogénicas (Corea de Huntington, Fibrosis quística, Atrofia muscular espinal, ataxia espinocerebelosa, neoplasia endocrina múltiple, distrofia miotónica, etc).
8.- Pregunta: ¿Podré elegir el sexo del bebé?
R.- No está permitida la selección de sexo o la manipulación genética con fines no terapéuticos o terapéuticos no autorizados.
9.- Pregunta: ¿En qué consiste la donación de óvulos?
R.- Es la fecundación de ovocitos de una donante anónima con semen del varón de la mujer receptora (o semen de donante) y la transferencia de los embriones obtenidos al útero de la receptora.
10.- Preguntas: ¿Las donantes son chicas sanas? ¿ Qué garantías tengo? ¿ Puedo elegir yo a la donante?
R.- La evaluación y selección de donantes de células reproductoras se realiza de acuerdo con los requisitos especificados (Real Decreto 412/1996, Real decreto 1301/2006). La donación está regulada por Ley, es anónima y gratuita. No se podrá elegir a la donante y la selección la realizará el equipo médico en base a las características fenotípicas e immunológicas de la receptora.
11.- Pregunta: ¿Qué podemos conocer de la donante? ¿Seremos los padres legales?
R.- La pareja receptora no tiene derecho a conocer la identidad de la donante o del donante (según el gameto a sustituir) pero sí sus características generales. Sólo excepcionalmente, en circunstancias extraordinarias que comporten un peligro cierto para la vida o la salud del hijo o cuando proceda con arreglo a las Leyes procesales penales, podrá revelarse la identidad de los donantes, siempre que dicha revelación sea indispensable para evitar el peligro o para conseguir el fin legal propuesto. Dicha revelación tendrá carácter restringido y no implicará en ningún caso publicidad de la identidad de los donantes. Las parejas que recurran a esta técnica serán consideradas los padres legales a todos los efectos. Los niños serán inscritos sin que conste ningún dato sobre el origen biológico. Los donantes quedan eximidos de la responsabilidad dimanante de la paternidad.
12.-Pregunta: ¿Cuántas veces puede donar una donante?
R.- La ley de Reproducción Asistida 14/2006 establece que, el número máximo autorizado de hijos nacidos en España que hubieran sido generados con gametos de un mismo donante no deberá ser superior a seis.
13.- Pregunta: ¿Se compran los óvulos?
R.- La donación nunca tendrá carácter lucrativo o comercial. La compensación económica resarcitoria que se pueda fijar sólo podrá compensar estrictamente las molestias físicas y los gastos de desplazamiento y laborales que se puedan derivar de la donación y no podrá suponer incentivo económico para ésta.
14.- Pregunta: Soy mayor de edad y vivo en pareja con otra mujer, ¿podría acceder a las técnicas de reproducción asistida?
R.- La ley dice claramente que la mujer podrá ser usuaria o receptora de las técnicas reguladas con independencia de su estado civil y orientación sexual.
15.- Pregunta: Estoy separada legalmente y en mi matrimonio no tuve hijos. ¿Podría recurrir a este tipo de técnicas?
R.- Si revisamos la ley 14/2006 de 26 de Mayo, en el artículo 6. leemos: “Si la mujer estuviera casada, se precisará, además, el consentimiento de su marido, a menos que estuvieran separados legalmente o de hecho y así conste de manera fehaciente”. Puedes acceder a ellas.
16.- Pregunta: Mi marido tiene el Síndrome de Marfán. ¿Es posible tener un hijo sin la enfermedad?
R.- El Síndrome de Marfán es una enfermedad monogénica. Para intentar concebir un hijo sano, habría que hacer un estudio de informatividad que nos servirá como “molde” diagnóstico para estudiar los embriones (éstos se obtendrán mediante un ciclo de Fecundación in Vitro). Una vez estudiados los embriones y seleccionados los “sanos” (libres de la enfermedad), éstos, serán transferidos al interior del útero.
De este modo, se puede interrumpir la transmisión de la enfermedad a generaciones posteriores. Este procedimiento sirve para muchos otros tipos de enfermedades. Existen más de 300 enfermedades hereditarias en las que se puede identificar el gen que las causa.
Además de D.G.P. de enfermedades monogénicas, también existe el D.G.P. de aneuploidias (alteración en el número de cromosomas: Sd de Down, Sd de Klinefelter, Sd de Edwards, etc) y el D.G.P.de traslocaciones (cambio en la extructura de los cromosomas dando lugar a abortos o hijos con anomalías físicas o psicológicas).
17.- Pregunta: Soy fértil pero he tenido 3 abortos. ¿Debo someterme a una técnica de reproducción asistida?
R.- Aborto recurrente se define clásicamente cuando la mujer ha tenido 3 o más abortos espontáneos. Sin embargo, la mayoría de los autores consideran que tras 2 abortos, ya debe de iniciarse la evaluación de la pareja. Durante el estudio se deben valorar varios factores, como aquellos de causa anatómica, endocrinas, infecciosas, inmunológicas, trombofilias, etc. Sin embargo, hay que tener en cuenta que las alteraciones cromosómicas en los embriones son la causa de más del 50% de los abortos espontáneos del primer trimestre, siendo éste un mecanismo de selección natural de la especie humana. Por lo que en estos casos, estaría recomendado realizar el Diagnóstico Genético Preimplantacional de los embriones para minimizar estos riesgos y así solo transferir embriones “cromosómicamente normales” y aumentar de ese modo, la tasa de gestación. Para ello, la pareja debe realizar una técnica de Fertilización In vitro.